Trámite del Título
El trámite se inicia en la Oficina de Alumnos.
Aquellos alumnos que hubieran cumplido con las exigencias de su Plan de estudios, pueden solicitar el título respectivo (títulos intermedios y título de grado).
Tramitación:
El graduado debe presentar en la Oficina de Alumnos:
La planilla correspondiente, completa, y junto a la declaración d ela Jura.
Plan de Estudios correspondiente, con sus correlatividades. Dicho Plan deberá estar firmado por la Dirección de la Carrera.
Libre Deuda de la Biblioteca.
DNI original y fotocopia.
En caso de tratarse de carreras aranceladas, Libre Deuda emitido por el Área de Recaudación
Fotocopia del comprobante de pago de las tasas de Solicitud de Título y Emisión de Diploma, de $75 (setenta y cinco) para carreras de grado y $200 (doscientos) para carreras de posgrado.
Luego de la solicitud por parte del graduado, se forma un expediente que se remite al Departamento correspondiente, donde se determina, junto con la Dirección de la Carrera, si el interesado ha cumplido con las exigencias del Plan de estudios. El informe resultante, foliado, se eleva a la Secretaría Académica, junto con las actuaciones correspondientes.
En la Dirección de Evaluación y Gestión Académica, se certifican las asignaturas rendidas por el interesado, verificándolas en actas, se consigna dicha verificación por nota foliada y se elevará el expediente al Secretario Académico.
La Secretaría Académica revisa las actuaciones y, si correspondiere, ordena la emisión del diploma correspondiente y lo hará registrar y firmar
Luego, se envía al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología para su legalización.
Finalmente, el Área de Certificaciones y Títulos contacta al interesado, para informarle la fecha y la forma de entrega de su diploma.
De acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 26.006, los plazos máximos establecidos para la emisión del Título son de 120 días corridos, a partir de la fecha de inicio del trámite por parte del graduado.
Duplicado de certificados y diplomas:
La Universidad otorga todos los duplicados de certificados de estudio que se soliciten en caso de destrucción, inutilización, extravío o sustracción del certificado original, previo pago de la tasa correspondiente. En todos los casos, el nuevo diploma que se expida conservará la numeración correspondiente al original y consignará su carácter de duplicado.